La pena impuesta es de quince días de multa con una cuota diaria de diez euros. En el caso de impago cumpliría un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asimismo, el juez obliga al condenado al pago de las costas procesales.
Los hechos objeto de la denuncia se produjeron el pasado 15 de junio. El Pleno municipal que se celebraba en el Ayuntamiento fue suspendido por orden del alcalde debido a las protestas de varios colectivos ciudadanos. En el patio del Ayuntamiento, Enrique Sánchez estaba realizando fotografías para el medio de comunicación que dirige. En ese momento, según explica el propio denunciante, el delegado de Participación Ciudadana se dirigió a él en cuatro ocasiones para decirle “como me hagas una foto te vas a tragar la cámara”.
El magistrado ha considerado estos hechos como probados al considerar que existe mayor concordancia entre la versión de Enrique Sánchez y los testigos que presentó que entre la de Montero y sus testigos. La sentencia considera además que “la expresión proferida logró su propósito de coartar la libertad de actuación” del demandante, que no pudo realizar la fotografía que se disponía a realizar en el momento de las amenazas.
El gobierno municipal afirmó en su día que los hechos se enmarcaban dentro de “una charla que se produjo entre un concejal y un grupo de ciudadanos y comerciantes que se manifestaban a las puertas del Ayuntamiento”
El Partido Popular que en su día pidió la destitución del concejal considera que los hechos han quedado probados por lo que “estamos a la espera de la reacción del alcalde y ver si permite contar entre sus filas con un “supuesto” representante de los ciudadanos que los amenaza y coarta”.
Según la portavoz popular, María del Carmen Rodríguez “no deja de ser irónico que el Delegado de Participación Ciudadana sea condenado por amenazas a un ciudadano”.
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